CONCEPTO DE PENA
PENA.-
El diccionario jurídico mexicano define a la pena como: el contenido de la
sentencia de condena impuesta al responsable de una infracción penal por el
órgano jurisdiccional competente, que puede afectar su libertad a su patrimonio
o al ejercicio de sus derechos; en el primer caso privándole de ella, en el
segundo inflingiéndole una merma en sus bienes y en el tercero restringiéndolos
o suspendiéndolos.
CONCEPTO DE MUERTE
De la
misma forma el Diccionario Jurídico Mexicano define a la muerte como: la
ficción del fallecimiento que priva a los reos de los delitos calificados como
gravísimos de todos los derechos civiles y políticos.
En
México, de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, vigente hasta el 10 de diciembre de 2005, la pena de
muerte se encontraba prohibida para los delitos políticos y en cuanto a los
demás, solo podría imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al
parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario,
al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves
del orden militar.
CONCEPTO DE PENA DE MUERTE
El
concepto de pena capital también ha tenido varias definiciones, para Raúl Carrancá
y Trujillo, es "un tratamiento que el Estado impone a un sujeto que ha
cometido una acción antisocial o que representa una peligrosidad social,
pudiendo ser o no ser un mal para el sujeto".
De
igual forma Fernando Castellanos Tena dice que "es castigo legalmente
impuesto por el Estado al delincuente, para conservar el orden jurídico". Para
Constancio Bernardo Quiroz, citado por Castellanos Tena, la pena es "la
reacción social jurídicamente organizada contra el delito". Para
Ignacio Villalobos, es "un castigo impuesto por el poder público, al
delincuente, con base en la ley, para mantener el orden jurídico".
En
conclusión, el concepto de pena implica el castigar a quien resulte penalmente
responsable de un ilícito; es la reacción legal que el Estado tiene y utiliza
contra quien demuestre ser un peligro para la sociedad.
Se
ha considerado que la pena tomada como castigo tiende a reprimir la conducta
antisocial. Sin embargo, para la doctrina, la justificación de la pena presenta
dos hipótesis. Por un lado, la pena tiene un fin específico, se aplica "quia
peccatum est"; (porque es pecado); y, por el otro lado, se
considera en forma casuística, como medio para la consecución de fines
determinados, se aplica "in peccetur"
(contra
el acto de pecar, para que nadie peque).
La
generalidad de las teorías sobre la pena de muerte son:
Las teorías absolutas, afirman que la pena se justifica a
si misma y no es un medio para otros fines.
Las teorías relativas, es decir, que la pena será
entendida como un propósito de prevención para los demás; y según teoría
relativa de la represión especial, la pena se impone y surte efecto en el
delincuente.
Las teorías mixtas, respaldan la prevención general
mediante la retribución justa.
Tales
supuestos dan origen a una hipótesis más, la tesis ecléctica, que no se
conforma con darle a la pena una sola característica.
Como
quiera, en este orden de ideas, la pena para la mayoría de los pensadores
juristas tiene como fin último la justicia y la defensa social.